El Congreso flexibilizó una norma que durante 15 años supo blindar las
reservas estratégicas de agua del país. Tras la sanción de la reforma del 8 de
abril de 2026, se cambia el piso nacional de protección de glaciares por un
capricho provincial y se abre una nueva discusión que ya no es semántica; es
hídrica.
La reforma de la Ley 26.639 llegó con velocidad política y con una justificación
conocida: previsibilidad para invertir, más margen para las provincias y menos
“discrecionalidad” nacional. El Senado le dio media sanción el 26 de febrero de 2026 y
Diputados la convirtió en ley el 8 de abril, con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3
abstenciones. Sin embargo, estimado lector, es inevitable no sentir cierto resquemor en
torno a la banalidad con la que se tratan en las “honorables” Cámara de Diputados y
Senado de la Nación temas tan delicados como lo son, en este caso, las cuestiones
ambientales y de soberanía nacional.
Los glaciares, al contrario de lo que la mayoría de iletrados funcionaros creen saber, no
son un paisaje ornamental ni un obstáculo administrativo. El Inventario Nacional de
Glaciares registra 16.968 cuerpos de hielo y una superficie de 8.484 km², distribuidos en
la Cordillera de los Andes y las islas del Atlántico Sur. El propio sitio oficial los describe
como componentes cruciales del sistema hidrológico de montaña y reservas estratégicas de
agua. En un país donde el agua ya es una discusión de cuencas, sequías y abastecimiento,
tocar esa base legal no es una corrección técnica: es alterar una pieza sensible del sistema
en favor de infames soluciones rápidas que se han registrado hasta el momento de
escribirles esta nota y que no dieron ni darán resultados beneficiosos para los argentinos.
Ahora bien, la ley original había fijado una regla clara: proteger los glaciares y el
ambiente periglacial como reservas estratégicas de agua, biodiversidad y conocimiento
científico, y prohibir allí la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, además de
otras actividades incompatibles con su condición natural. Ese diseño no era un exceso
doctrinario; era un piso uniforme para todo el territorio nacional. Por eso la ley funcionó
durante años como límite preventivo, no como permiso condicionado. ¿Se tuvieron en
cuenta estas cuestiones a la hora de comprometer nuestro suelo y salud? De momento solo
sabemos que nunca se solucionaron de raíz los problemas que asolan nuestro vapuleado
país. Basta con escuchar a nuestro presidente; “Una empresa puede contaminar el río todo
lo que quiera, sobra el agua”… “El problema en realidad radica en que no hay derechos de
propiedad sobre el agua. Cuando falte el agua, alguien va a ver un negocio ahí y va a
reclamar los derechos de propiedad. Van a ver cómo ahí sí se termina la contaminación”.
Esta declaración se produjo durante una disertación en el Congreso Económico Argentino,
en La Rural. Aplazar problemas no es una solución, es enterrarnos cada vez con más
profundidad.
La nueva versión de la ley, en cambio, reacomoda el centro de gravedad: el gobierno la
defendió como una forma de proteger solo a los glaciares con “función hídrica efectiva” y
de devolver a las provincias la competencia para identificar, proteger y administrar esos
recursos. La letra oficial lo presenta como federalismo ambiental; en la práctica, significa
que el criterio de protección deja de ser uniforme y pasa a depender de decisiones
jurisdiccionales y evaluaciones caso por caso. Ese giro puede sonar razonable en un
comunicado; en un territorio real, abre zonas grises donde antes había una prohibición. La
comunidad científica y ambiental advirtió que una reforma de este tipo podría poner en
riesgo el acceso al agua potable de más de 7 millones de personas, además de aumentar la
vulnerabilidad de cuencas expuestas a sequías prolongadas. El IANIGLA (Instituto
Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), por su parte, informó en
2025 que en los Andes Desérticos se observó en una década una reducción del 17% en la
superficie con glaciares y del 23% en los manchones de nieve perennes. Es decir: la presión
sobre esos sistemas ya existe; aflojar la protección en ese contexto no parece prudencia,
sino todo lo contrario.
El oficialismo responde con desarrollo, inversión y previsibilidad. Dice que la reforma
corrige interpretaciones arbitrarias y acompaña el reclamo de provincias mineras; también
sostiene que ambiente y crecimiento económico no son enemigos. Pero esa ecuación solo
funciona si el costo no cae sobre el agua. Cuando una ley que nació para poner un piso
nacional se transforma en una norma negociable por jurisdicción, el federalismo deja de
ser garantía y puede convertirse en competencia por rebajar resguardos. Ahí aparece la
trampa: llamar eficiencia a una desprotección fragmentada.
La discusión, entonces, no es si Argentina necesita producir más. La discusión es qué
está dispuesta a sacrificar para hacerlo. Porque un glaciar perdido no vuelve con una
inversión, y una cuenca dañada no se recompone con un discurso. Si la ley de glaciares
deja de ser un piso y pasa a ser una excepción, el país no estará modernizando su marco
ambiental: estará desarmando una protección básica sobre el bien más escaso que tiene
por delante. Y el sangrado, en ese caso, no será retórico. Será hídrico.
-Gomez Bautista N.